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En dos locales de venta de piezas de automotores se decomisó 1 268 partes de dudosa procedencia

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La  Policía Judicial de la Zona 8, a través de agentes de la Sección Especializada en Delitos Diversos, allanaron dos locales comerciales donde por información e investigaciones se determinó se comercializaban partes de automotores de dudosa procedencia, en los dos locales se decomisaron 1 268 partes.

Los servidores policiales acompañados del fiscal Robinson Coronel, llegaron con la orden del juez competente que dispuso los allanamientos para que se constate que en los dos locales se estaría violando el art.  202 del Código Orgánico de Integración Penal,

En el primer local ubicado en las calles Clemente Ballén 1815 y Esmeraldas, los agentes de la judicial luego de realizar una revisión de los materiales       que se exhibían para la venta encontrando que 1001 artículos no contaban con la documentación y de procedencia, entre ellos: 450 bases de espejos y 551 bases de retrovisores.

En el segundo local de las calles Lizardo García y Huancavilca, en igual procedimiento se incautó 267 partes entre: 4  parachoques, 30 puertas. 8 capots, 62 rejillas, 20 brazos de compuertas, 30 molduras, 17 faros, 9 tapizados, 75 logos de diferentes marcas.

El Jefe de la Policía Judicial del Zona 8, Crnl. Roosevelt Campos Hinojoza, señaló que los operativos dirigidos a evitar que los usuarios sean engañados al momento de adquirir cualquier producto, continuaran inalterables y a cualquier hora del día.

 

Art. 202.- Receptación.­ La persona que oculte, custodie, guarde, transporte, venda o transfiera la tenencia, en todo o en parte, de bienes muebles, cosas o semovientes conociendo que son producto de hurto, robo o abigeato o sin contar con los documentos o contratos que justifiquen su titularidad o tenencia, será sancionado con pena privativa de libertad se seis a dos años.

 

Si por omisión del deber de diligencia no se ha asegurado de que las o los otorgantes de dichos documentos o contratos son personas cuyos datos de identificación o ubicación es posible establecer, será sancionada con pena privativa de libertad dos a seis meses. (O. Trujillo Padilla DNCE zona 8)

 

 

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