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CÓDIGO ORGÁNICO DE LAS ENTIDADES DE SEGURIDAD CIUDADANA Y ORDEN PÚBLICO

Art. 97.- Derechos.- Dentro de la carrera profesional, son derechos de las y los servidores policiales, además de los establecidos en la Constitución de la República y la ley, los siguientes:

10. Recibir condecoraciones o reconocimientos institucionales no económicos por actos de servicio, previo el cumplimiento de los requisitos que se establecerán por parte del ministerio rector de la seguridad ciudadana, protección interna y orden público.

DEPENDENCIAS DE LA INSTITUCIÓN QUE PARTICIPARÁN

  • DIRECCIÓNES NACIONALES
  • DIRECCIONES GENERALES
  • INSPECTORIA GENERAL
  • ZONAS
  • SUZ ZONAS NIVEL NACIONAL
  • UNIDADES ESPECIALES NIVEL NACIONAl

LISTADO DE JURADO CALIFICADOR  EN ARTES PLÁSTICAS, COMPOSITORES O CANTAUTORES Y FOTOGRAFÍA.

  •  DIRECCIÓN NACIONAL DE EDUCACIÓN (DOCTRINA)
  • DIRECCIÓN NACIONAL DE COMUNICACIÓN ESTRATÉGICA
  • DIRECTOR DE MÚSICA DE LA POLICÍA NACIONAL (BANDA SINFÓNICA)
  • CASA DE LA CULTURA ECUATORIANA O CONSERVATORIO DE MÚSICA
  • ARTISTA NACIONAL (CANTANTE O CANTAUTOR)
  • INTERPOL
  • ARTISTA PLÁSTICO / UNIVERSIDAD (ARTES PLÁSTICAS)
  • FOTÓGRAFO PROFESIONAL / INSTITUTO O UNIVERSIDAD (FOTOGRAFÍA)

La DNCE coordinará las respectivas calificaciones  de las obras, temas con un Jurado calificador del 16 al 20 de enero del 2020  y posteriormente se les hará conocer los ganadores el lunes 22 de enero del 2020.

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