Guayas

Adolescente que realizó una llamada falsa fue sancionado de acuerdo al Código Orgánico Integral Penal. 

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Los dos estudiantes que realizaron el miércoles una llamada al Ecu-911, para dar a conocer sobre la colocación de un artefacto explosivo al interior de un conocido colegio del norte de Guayaquil, comparecieron ante el Juzgado de Adolescentes Infractores, que luego de la respectiva audiencia,  sancionó a uno de los implicados con 100 horas de trabajo comunitario.

El Comandante de la Zona 8 de Policía, Gral. Marcelo Tobar Montenegro, precisó que tras la alarma, las unidades de Inteligencia que tienen a su alcance la tecnología para rastrear y ubicar el sitio de donde salió la llamada han asistido a la unidad educativa y localizar al propietario, que se trataba de un educando del quinto año, que al ser abordado señaló que la llamada la había realizado uno de sus compañeros a quien prestó su teléfono celular.

El Gral. Marcelo Tobar Montenegro, señaló que el Comando de la Zona 8, tiene aperturada una acción previa, con el propósito de que las unidades de inteligencia realicen las investigaciones de cada una de las llamadas registradas en el Ecu-911, las cuales están siendo judicializadas para dar con el paradero de los causantes y respondan ante la justicia.

El alto oficial, pidió a los ciudadanos abstenerse de hacer llamadas ilegales o innecesarias,  pues los recursos utilizados en estas alertas pueden ser requeridos por la ciudadanía cuando necesita de su Policía para otros eventos  importantes de seguridad.

Indicó que para atender una llamada falsa, se emplea un  enorme contingente humano, logístico, tecnológico y que por esa razón el Comando de la Zona 8, ha recomendado a la Fiscalía, que los acusados, respondan penalmente y económicamente por todos los gastos que generan este tipo de auxilios.

El Código Orgánico Integral Penal, en sus artículo 366 sanciona con pena privativa de libertad de 10 a 13 años, el acto de provocar o mantener en estado de terror a la población o a un sector de ella. De igual manera en su artículo 396 sanciona de 15 a 30 días de cárcel a aquellas personas que de manera indebida realicen uso del número de emergencia para dar un aviso falso y que implique el desplazamiento innecesario de recursos de las instituciones de emergencia. (Oswaldo Trujillo P. DNCE. Zona 8).

 

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