Información General
CÓDIGO ORGÁNICO DE LAS ENTIDADES DE SEGURIDAD CIUDADANA Y ORDEN PÚBLICO
Art. 97.- Derechos.- Dentro de la carrera profesional, son derechos de las y los servidores policiales, además de los establecidos en la Constitución de la República y la ley, los siguientes:
10. Recibir condecoraciones o reconocimientos institucionales no económicos por actos de servicio, previo el cumplimiento de los requisitos que se establecerán por parte del ministerio rector de la seguridad ciudadana, protección interna y orden público.
DEPENDENCIAS DE LA INSTITUCIÓN QUE PARTICIPARÁN
- DIRECCIÓNES NACIONALES
- DIRECCIONES GENERALES
- INSPECTORIA GENERAL
- ZONAS
- SUZ ZONAS NIVEL NACIONAL
- UNIDADES ESPECIALES NIVEL NACIONAl
LISTADO DE JURADO CALIFICADOR EN ARTES PLÁSTICAS, COMPOSITORES O CANTAUTORES Y FOTOGRAFÍA.
- DIRECCIÓN NACIONAL DE EDUCACIÓN (DOCTRINA)
- DIRECCIÓN NACIONAL DE COMUNICACIÓN ESTRATÉGICA
- DIRECTOR DE MÚSICA DE LA POLICÍA NACIONAL (BANDA SINFÓNICA)
- CASA DE LA CULTURA ECUATORIANA O CONSERVATORIO DE MÚSICA
- ARTISTA NACIONAL (CANTANTE O CANTAUTOR)
- INTERPOL
- ARTISTA PLÁSTICO / UNIVERSIDAD (ARTES PLÁSTICAS)
- FOTÓGRAFO PROFESIONAL / INSTITUTO O UNIVERSIDAD (FOTOGRAFÍA)
La DNCE coordinará las respectivas calificaciones de las obras, temas con un Jurado calificador del 16 al 20 de enero del 2020 y posteriormente se les hará conocer los ganadores el lunes 22 de enero del 2020.